Ética y consulta previa
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Resumen
En julio del 2018 la Universidad del Magdalena (Santa Marta, Colombia) puso en funcionamiento el Comité de Ética en Investigación. Ese Comité queda encargado de “evaluar, conceptuar y dar seguimiento, desde el punto de vista ético, a los proyectos de investigación que presente y desarrolle la Universidad, cuando en su objeto o método se intervenga con la salud o la vida (humana o no humana), o con el medio ambiente o la biodiversidad.” Entre sus funciones, está la de garantizar que los proyectos de investigación respeten a las personas y comunidades participantes de los proyectos.
El semestre pasado el Comité de Ética analizó un proyecto de investigación elaborado por mí, en calidad de docente investigadora de la Unimagdalena. El proyecto pretende identificar de qué manera la Corte Constitucional de Colombia reconoce (o no) derechos territoriales de los pueblos indígenas sobre porciones del mar. Como método de trabajo, fueron previstas dos entrevistas grupo-focal en dos comunidades pesqueras wayúu en la provincia de la Guajira. Las autoridades comunales de ambas comunidades tienen conocimiento de esa propuesta de investigación, que fue elaborada en diálogo con sus líderes. El proyecto presentado incluyó los formatos de consentimiento previo e informado a ser firmado por cada participante del grupo focal, con el previo consentimiento de sus autoridades tradicionales.
El semestre pasado el Comité de Ética analizó un proyecto de investigación elaborado por mí, en calidad de docente investigadora de la Unimagdalena. El proyecto pretende identificar de qué manera la Corte Constitucional de Colombia reconoce (o no) derechos territoriales de los pueblos indígenas sobre porciones del mar. Como método de trabajo, fueron previstas dos entrevistas grupo-focal en dos comunidades pesqueras wayúu en la provincia de la Guajira. Las autoridades comunales de ambas comunidades tienen conocimiento de esa propuesta de investigación, que fue elaborada en diálogo con sus líderes. El proyecto presentado incluyó los formatos de consentimiento previo e informado a ser firmado por cada participante del grupo focal, con el previo consentimiento de sus autoridades tradicionales.
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Cómo citar
Figueroa, I. . (2019). Ética y consulta previa. Jangwa Pana, 18(3), 365–368. https://doi.org/10.21676/16574923.3197
Número
Sección
Carta al editor
Citas
Constitución Colombiana, Art. 152. Artículo 152.
Universidad del Magdalena, Resolución Rectoral Nº 427 de 2018.
Universidad del magdalena, Resolución Rectoral Nº 427 de 2018, art. 3.3
Ley 21 de 1991. Artículo 6. 1.
Revista Semana, Confidenciales, 07 abril 2019.
Universidad del Magdalena, Resolución Rectoral Nº 427 de 2018.
Universidad del magdalena, Resolución Rectoral Nº 427 de 2018, art. 3.3
Ley 21 de 1991. Artículo 6. 1.
Revista Semana, Confidenciales, 07 abril 2019.